¿El curso de trabajo en alturas se vence? Todo sobre el reentrenamiento en Colombia

reentrenamiento trabajo en alturas

ALTURAS

Acrovance

9/21/20267 min read

Nota: Acrovance orienta y coordina servicios de capacitación y medicina ocupacional con entidades aliadas habilitadas. Este contenido es de carácter informativo.

¿Revisaste los certificados de trabajo en alturas de tu equipo y descubriste que algunos fueron expedidos hace más de 18 meses? Es normal que aparezca inmediatamente una pregunta: ¿el curso de trabajo en alturas se vence?

La respuesta requiere una precisión importante. Hablar simplemente de que “el certificado vence cada 18 meses” puede llevar a confusiones. La normativa colombiana establece diferentes situaciones en las que un trabajador autorizado debe realizar reentrenamiento en trabajo en alturas para mantener actualizados sus conocimientos, habilidades y destrezas.

Si eres trabajador, responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo o administras personal que desarrolla actividades en alturas, aquí te explicamos qué debes revisar y cuándo puede ser necesario realizar el reentrenamiento.

¿El certificado de trabajo en alturas vence a los 18 meses?

No es técnicamente correcto resumir la obligación diciendo simplemente que “el certificado de alturas vence a los 18 meses”.

La Resolución 4272 de 2021 establece el reentrenamiento como un proceso de formación complementaria destinado a reforzar los conocimientos, habilidades y destrezas de quienes realizan trabajo en alturas.

La misma norma señala que el reentrenamiento no constituye un nuevo nivel de formación, pero sí funciona como un requisito para mantener activo al trabajador que desempeña labores en alturas.

Por eso conviene separar dos conceptos:

  • haber realizado la capacitación correspondiente para trabajador autorizado;

  • cumplir los reentrenamientos que resulten aplicables durante el desarrollo de la actividad laboral.

En otras palabras, tener un certificado previo no significa que nunca vuelvas a necesitar entrenamiento.

¿Qué es el reentrenamiento en trabajo en alturas?

El reentrenamiento en trabajo en alturas es una formación complementaria que busca actualizar y reforzar las competencias necesarias para desarrollar estas actividades de manera segura.

Su propósito no debería verse únicamente como cumplir un requisito documental.

Durante el tiempo pueden cambiar:

  • los equipos utilizados;

  • los procedimientos internos;

  • los sistemas de acceso;

  • las condiciones de trabajo;

  • los riesgos asociados a la operación;

  • las funciones desarrolladas por el trabajador;

  • las medidas establecidas dentro del SG-SST.

Por eso, el trabajador puede necesitar actualizar su preparación frente a las condiciones que realmente encontrará durante la operación.

¿Cuándo debes realizar reentrenamiento en trabajo en alturas?

La Resolución 4272 de 2021 contempla diferentes situaciones en las que puede ser necesario realizarlo.

Cuando ingresas a una nueva empresa o proyecto

Si un trabajador autorizado se vincula a una nueva empresa o proyecto, debe realizar el reentrenamiento correspondiente como parte de su proceso de inducción.

Este punto es especialmente importante porque el entrenamiento debe relacionarse con las condiciones reales de la organización en la que comenzará a trabajar.

La normativa establece, además, que la responsabilidad de esta capacitación corresponde al empleador o contratante.

Cuando cambia la actividad de trabajo en alturas

No todos los trabajos en alturas presentan los mismos riesgos.

Trabajar sobre una cubierta, utilizar determinados sistemas de acceso o desarrollar actividades sobre estructuras puede exigir procedimientos distintos.

Si cambia la actividad que desempeña el trabajador, debe evaluarse la necesidad del reentrenamiento antes de iniciar las nuevas labores.

Cuando cambian los procedimientos

Las empresas pueden modificar sus procedimientos de trabajo como consecuencia de nuevas condiciones operativas, evaluaciones del riesgo o mejoras dentro de su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Cuando esos cambios afectan la manera en que se desarrolla el trabajo en alturas, el trabajador debe conocerlos y estar preparado para aplicarlos.

Cuando cambian los equipos o la tecnología utilizada

Un trabajador puede tener experiencia utilizando determinado sistema de protección contra caídas, pero eso no significa necesariamente que conozca correctamente otro equipo o procedimiento.

La Resolución contempla expresamente los cambios relacionados con las técnicas de trabajo, tecnología de los equipos o procesos como situaciones relevantes para el reentrenamiento.

Cuando cambian las condiciones laborales del trabajador

Las funciones y condiciones de una persona también pueden evolucionar dentro de la misma organización.

Cuando esos cambios tienen incidencia sobre las actividades desarrolladas en alturas, la empresa debe valorar la necesidad de actualizar su entrenamiento.

¿Qué ocurre con los 18 meses?

Este es probablemente el punto que genera más confusión.

La Resolución 4272 contempla el reentrenamiento como medida de actualización para trabajadores certificados como trabajadores autorizados que han permanecido dentro de la misma empresa y sin cambio de actividad durante el periodo previsto por la norma.

Para este escenario se establece como referencia un periodo de 18 meses.

Por eso es habitual escuchar frases como:

“El curso de alturas vence cada 18 meses”.

Sin embargo, esta forma de explicarlo simplifica demasiado la obligación.

La pregunta empresarial correcta no debería ser únicamente:

¿Qué fecha aparece en el certificado?

También debes revisar:

¿El trabajador continúa cumpliendo las condiciones de formación y reentrenamiento exigibles para desarrollar actualmente su actividad?

Esta diferencia es importante para una adecuada gestión del riesgo.

¿Cuánto dura el reentrenamiento en trabajo en alturas?

En los eventos previstos por la Resolución 4272, el reentrenamiento debe tener una duración mínima de 8 horas.

La distribución establecida es:

  • 20 % de formación teórica;

  • 80 % de entrenamiento práctico.

Además, debe desarrollarse de manera presencial.

La importancia del componente práctico es evidente.

Trabajar en alturas no consiste solamente en conocer conceptos. El trabajador debe estar en capacidad de utilizar sistemas y equipos de manera adecuada dentro de situaciones reales de trabajo.

Curso para trabajador autorizado y reentrenamiento: ¿son lo mismo?

No.

Aunque están relacionados, cumplen funciones diferentes.

AspectoTrabajador autorizadoReentrenamientoObjetivoDesarrollar inicialmente las competencias requeridas para realizar trabajo en alturasReforzar y actualizar conocimientos, habilidades y destrezasDuración mínima32 horas8 horas en los eventos señalados por la normaModalidadPresencialPresencialComponente práctico60 %80 %FinalidadFormación correspondiente al rol de trabajador autorizadoMantener actualizadas las competencias frente a las condiciones de trabajo

La Resolución 4272 establece una duración mínima de 32 horas para la formación de trabajador autorizado, de las cuales el 60 % corresponde a entrenamiento práctico y el 40 % a formación teórica.

El reentrenamiento, por su parte, no es otro nivel de formación.

Su función es complementar y actualizar la preparación del trabajador.

¿Quién debe pagar el reentrenamiento?

Cuando corresponde al trabajador realizar el reentrenamiento al vincularse a una nueva empresa o proyecto, la norma asigna expresamente la responsabilidad al empleador o contratante.

No debe exigirse al trabajador que asuma por su cuenta este proceso.

La Resolución también dispone que el empleador o contratante debe reportar a su respectiva ARL información relacionada con los trabajadores reentrenados, incluyendo su identificación, fecha del reentrenamiento y el oferente que realizó la formación.

Esto demuestra que el reentrenamiento no debe administrarse simplemente como la renovación aislada de un certificado.

Hace parte de la gestión preventiva de la empresa.

¿Cualquier empresa puede realizar el reentrenamiento?

La formación en trabajo en alturas está sujeta a requisitos específicos.

La Resolución 4272 determina quiénes pueden ofrecer los programas de capacitación y entrenamiento, incluyendo, entre otros:

  • el SENA;

  • determinadas instituciones de educación superior;

  • instituciones de formación para el trabajo que cumplan los requisitos aplicables;

  • cajas de compensación familiar;

  • personas naturales o jurídicas con licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo;

  • empleadores mediante los mecanismos previstos para las unidades de aprendizaje correspondientes.

Los proveedores deben cumplir las condiciones establecidas por la regulación aplicable y contar con entrenadores debidamente capacitados.

Por eso, antes de contratar un programa, no deberías valorar únicamente el precio.

También debes verificar que el proceso ofrecido corresponda al nivel o reentrenamiento que realmente necesita el trabajador y que sea desarrollado por un oferente habilitado para ello.

¿Qué debería verificar tu empresa antes de programar el reentrenamiento?

Antes de enviar automáticamente a todo tu personal a realizar un curso, revisa las circunstancias particulares de cada trabajador.

Puedes comenzar con estas preguntas:

  • ¿Qué formación tiene actualmente?

  • ¿Cuándo realizó su último entrenamiento o reentrenamiento?

  • ¿Continúa trabajando para la misma empresa?

  • ¿Cambió de proyecto?

  • ¿Cambió la actividad que desarrolla?

  • ¿Se modificaron los procedimientos internos?

  • ¿Se están utilizando nuevos equipos?

  • ¿Cambió el sistema de acceso o protección contra caídas?

  • ¿Han sido identificadas falencias durante la operación?

  • ¿Han transcurrido los periodos previstos por la normativa para su actualización?

Responder estas preguntas permite tomar una decisión mucho más acertada que revisar únicamente la fecha de un certificado.

El reentrenamiento debe responder a los riesgos reales

La Resolución 4272 establece que los diseños de las acciones de reentrenamiento deben enfocarse en las necesidades del empleador o contratante.

También deben considerar aspectos del SG-SST, el programa de prevención y protección contra caídas y las falencias identificadas según el tipo de trabajo desarrollado.

Esto tiene una consecuencia importante:

el objetivo no debería ser solamente obtener nuevamente un documento.

La capacitación debe permitir que el trabajador refuerce las competencias que realmente necesita para ejecutar sus labores.

Una empresa puede cumplir formalmente con múltiples requisitos y, aun así, tener dificultades si su personal no sabe cómo reaccionar ante las condiciones reales de la operación.

Capacitación y prevención deben trabajar juntas

El trabajo seguro en alturas requiere mucho más que un arnés o un certificado.

Implica una gestión integrada en la que participan:

  • trabajadores preparados;

  • coordinadores;

  • responsables del SG-SST;

  • procedimientos de trabajo;

  • sistemas de protección contra caídas;

  • inspección de equipos;

  • permisos de trabajo;

  • planificación de emergencias;

  • capacitación y reentrenamiento.

Cuando estos elementos funcionan como un sistema, la formación deja de ser un requisito aislado y se convierte en una herramienta para reducir riesgos y fortalecer la operación.

¿Tu equipo necesita reentrenamiento en trabajo en alturas?

Si tienes trabajadores que desarrollan actividades en alturas, no esperes a descubrir una inconsistencia documental o una brecha de capacitación cuando ya deban iniciar una labor.

Revisa periódicamente la formación de tu personal, las actividades que ejecutan y los cambios que se presentan dentro de la operación.

En Acrovance te ayudamos a identificar tus necesidades de capacitación y a gestionar soluciones de formación en trabajo en alturas con entidades aliadas habilitadas, según el servicio requerido.

Personas más seguras, operaciones que avanzan.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas horas dura el reentrenamiento de trabajo en alturas?: En los casos establecidos por la Resolución 4272 de 2021, el reentrenamiento tiene una duración mínima de 8 horas, distribuidas en 20 % de formación teórica y 80 % de entrenamiento práctico, y debe realizarse de manera presencial.

¿Cada cuánto debo hacer el reentrenamiento de trabajo en alturas?: Depende de las condiciones del trabajador y de su actividad. La Resolución 4272 de 2021 contempla el reentrenamiento cuando existen cambios en las condiciones técnicas, tecnológicas o laborales, cuando el trabajador ingresa a una nueva empresa o proyecto y como medida de actualización en las condiciones previstas por la norma respecto del periodo de 18 meses. Por eso, no debes analizar únicamente la fecha del certificado: también debes revisar la situación laboral y operativa del trabajador.

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